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ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

PREGUNTAS FRECUENTES

Llevamos años usando una marca sin registrarla y ahora veo que otra empresa me la ha copiado ¿qué hago?

Según la ley Española, el propietario de la marca es aquél que la registre válidamente. Esto quiere decir que la marca no pertenece necesariamente de aquél al que se le ocurra primero, sino al que primero vaya al registro a depositarla. Este principio es así en prácticamente  todos los países del mundo.

 

¿Cómo resolver entonces una situación como la descrita en el encabezado? Hay dos posibles opciones.

 

En primer lugar, si tu marca es muy conocida (“notoria” en terminología jurídica) , incluso sin tenerla registrada podrás oponerte al registro de la otra marca, solicitar su nulidad y prohibir su uso.

Otra opción, es que la marca haya sido registrado por otro de mala fe. La mala fe ese define como el conocimiento por parte del titular de que la marca pertenece a otro y su registro a sabiendas. Casos arquetípicos de registros de mala fe son los hechos por parte de competidores, distribuidores, o socios mal avenidos.

 

En tal caso, nuestro ordenamiento prevé que puedas recuperarla mediante un procedimento judicial durante los cinco años siguientes al registro. Después de estos cinco años, aun sería posible anularla.

 

En cualquier caso, el método más sencillo y barato de proteger tu marca es registrarla antes de lanzarla al mercado - y eso incluye antes de presentarla a fabricantes o potenciales distribuidores.  

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Nosotros podemos ayudarte, consúltanos sin compromiso en emps@emps.es

Estas preguntas frecuentes tienen el único objeto de orientar en términos generales cuál podría ser la solución a un concreto problema dentro de nuestro ámbito de especialización. No obstante, en ningún caso pueden interpretarse como la opinión legal de este despacho, ni sustituyen a la asesoría legal necesaria en cada caso concreto. 

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