PREGUNTAS FRECUENTES
En mi empresa estamos desarrollando un producto ¿a quién le pertenece la propiedad intelectual?
Esto dependerá del tipo de producto y del tipo de relación que exista con la empresa.
En el caso de las patentes, la ley prevé que aquellas realizadas durante el periodo del contrato laboral o mercantil y que sean fruto de dicho contrato – es decir, que se haya contratado al empleado precisamente para desarrollar esa invención - pertenecerán por defecto al empresario. Si el empleado desarrolla una invención usando los medios del empresario pero no ha sido contratado para eso, su obligación será revelárselo a la empresa para que esta pueda optar a la titularidad o uso de la patente. En este último caso, se deberá remunerar adicionalmente.
Una renuncia preventiva del empleado a toda patente desarrollada durante su trabajo sería nula – es decir, no se le puede hacer firmar a un empleado una renuncia junto a su contrato de trabajo.
Para tareas de tipo artístico, por ejemplo, fotografía o la ilustración, el régimen aplicable es el de derecho de autor. Lo normal es que la cesión o no de derechos se detalle en el contrato de trabajo, pero si no ha sido así, los derechos de explotación quedan cedidos al empresario.
Caso distinto es si el creador trabajo como freelance o autónomo, ya que en ausencia de acuerdo escrito los derechos de la obra serán de su creador. En cualquier caso, es siempre recomendable firmar un contrato previo donde se especifique todo para evitar problemas posteriores. En el caso del creador, es recomendable que, aunque ceda los derechos de explotación de la obra, se reserves algunos usos como por ejemplo, a incluirlo en el portfolio o en su sitio web.
Por último, es importante tener en cuenta que el software está también cubierto por la ley de derechos de autor y no por la de patentes.
Nuestro consejo es, seas empresario o empleado o autónomo, todos los aspectos referidos a la propiedad intelectual e industrial queden claramente definidos por escritos en un contrato.
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Si tiene dudas sobre patentes o derechos de autor, escríbenos en emps@emps.es
Estas preguntas frecuentes tienen el único objeto de orientar en términos generales cuál podría ser la solución a un concreto problema dentro de nuestro ámbito de especialización. No obstante, en ningún caso pueden interpretarse como la opinión legal de este despacho, ni sustituyen a la asesoría legal necesaria en cada caso concreto.